CONEPA analiza la modificación normativa sobre agentes cancerígenos

La exposición cutánea a aceites minerales y las emisiones de motores diésel, en el listado de agentes de riesgo para la salud laboral en los talleres.

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CONEPA ha analizado la reciente modificación normativa sobre agentes cancerígenos y ha elaborado una circular informativa con recomendaciones que está siendo trasladada a los talleres miembro a través de cada entidad integrada en la federación.

El Boletín Oficial del Estado publicó la semana pasada el Real Decreto 427/2021, de 15 de junio. Dicha norma modifica el Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo. La modificación incluye en el listado de sustancias, mezclas y procedimientos determinados puntos que suponen la afectación en el taller de algunos aspectos de este texto legal. Desde la patronal destacan los siguientes puntos:

  • Trabajos que supongan exposición cutánea a aceites minerales previamente utilizados en motores de combustión interna para lubrificar y refrigerar los elementos móviles del motor. En este caso, el real decreto establece una posible contribución importante de riesgo por exposición cutánea.
  • Trabajos que supongan exposición a emisiones de motores diésel: el nuevo real decreto establece un valor límite de exposición diaria de 0.05 mg/m3 en fracción respirable. Dicho valor límite se aplicará a partir del 21 de febrero de 2023
  • El servicio de prevención de cada taller deberá valorar otras inclusiones, en función de sus características individuales.

Recomendaciones de CONEPA sobre riesgos agentes cancerígenos

Como comentamos, CONEPA ha realizado una circular informativa que está siendo trasladada a los talleres miembro a través de cada entidad integrada en la federación. La circular recoge unas pautas de actuación que incluyen las siguientes recomendaciones:

  • Contactar con el servicio de prevención ajeno para una evaluación de riesgos conforme a dicha modificación normativa.
  • Mantener una adecuada ventilación en el taller.
  • Utilizar equipos de protección personal que protejan adecuadamente de los riesgos señalados.
  • Disponer de las hojas de datos de seguridad de los productos utilizados en el taller actualizadas y a disposición de los trabajadores para su consulta.