Page 36 - Altas prestaciones 2020
P. 36

    MÁS DE 150 PROFESIONALES PARTICIPAN EN EL WEBINAR DE ADINE PARA ANALIZAR LAS NOVEDADES DEL RD 731/2020 SOBRE LA GESTIÓN DE NFU Con la inscripción de 157 profesionales del sector y bajo el título “Novedades del Real Decreto sobre la gestión de neumáticos fuera de uso”, ADINE (Asociación Nacional de Distribuidores e Importadores de Neumáticos) celebró el 15 de octubre su II coloquio web (o webinar) vía Zoom, inaugurado por Juan Ramón Pérez, presidente de ADINE, y con la participación de Fernando Burgaz, consejero técnico del MITECO; Gabriel Leal, director general de Signus Ecovalor; Javier de Jesús, director operativo de TNU; José Luis Rodríguez, director de la Comisión de Fabricantes de Neumáticos y moderado por Óscar Bas, secretario ejecutivo de ADINE. En su intervención de inauguración, Juan Ramón Pérez, presidente de ADINE, aplau- dió la entrada en vigor, el pasado 8 de agosto, del nuevo Real Decreto 731/2020 que modifica el Real Decreto 1619/2005, sobre la gestión de los neumáticos fuera de uso, al estar “encaminado a luchar contra el fraude”, subrayando que las autoridades deben vigilar “para que se aplique al 100%” y reclamando que se promuevan acciones de formación e información del nuevo RD para que todos los actores del sector co- nozcan bien sus derechos y obligaciones. A continuación, Fernando Burgaz, consejero técnico del MITERD, llevo a cabo una inte- resante exposición para explicar con mayor detalle los cambios que introduce el nuevo Real Decreto 731/2020 que modifica el Real Decreto 1619/2005 sobre la gestión de los neumáticos fuera de uso, señalando siete como los puntos prioritarios de actuación: 1- Ampliación del ámbito de actuación del sistema de gestión de los residuos proce- dentes de los NFU: Se incorporan al siste- ma general de gestión a los neumáticos con diámetro superior a los 1.400 milímetro, prohibiéndose su depósito en vertedero. Asimismo, se amplía la definición de pro- ductor incluyendo a los fabricantes en Es- paña de neumáticos recauchutados sobre carcasas importadas y a los importadores de neumáticos de segunda mano o recau- chutados. Además, se añaden al sistema de gestión los neumáticos de segunda mano preparados para la reutilización y comercia- lizados por los CAT para los que no se pueda justificar un adecuado tratamiento por un gestor autorizado. 2- Definición del alcance de la responsa- bilidad ampliada del productor: Se esta- blece que el productor de neumáticos está obligado a gestionar cuantas veces resulte necesario y hasta su completa valorización, aquellos neumáticos fuera de uso generados por los neumáticos que fueron puestos por él en el mercado nacional de reposición. 3- Definición de las obligaciones que sobre los NFU corresponden a los CAT: Se esta- blece que si bien los neumáticos que llegan a los centros autorizados para el tratamiento de los vehículos al final de su vida útil no se ven afectados por lo previsto en el real de- creto, sí lo están aquellos neumáticos que son preparados para la reutilización y co- mercializados por el CAT y para los cuales el centro no pueda justificar que han sido ges- tionados por un gestor autorizado. 4- Mejora del funcionamiento del sistema de gestión de los neumáticos fuera de uso: Para evitar la repetición de los problemas en la recogida en los puntos de generación y normalizar el funcionamiento de la gestión,   PÁG. 36 


































































































   34   35   36   37   38