La CNMC investiga posibles prácticas anticompetitivas en el sector del reciclaje de vehículos

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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) investiga posibles prácticas de fijación de precios y/o actos de competencia desleal en el sector del reciclaje y la descontaminación de vehículos al final de su vida útil. Las entidades investigadas podrían haber fijado precios y/o haber llevado a cabo actos de competencia desleal.

Las entidades podrían haber incumplido la normativa de medio ambiente, que regula la responsabilidad de las empresas sobre los residuos que generan en su actividad, explica la CNMC. Estas prácticas podrían suponer una ventaja competitiva para entidades investigadas y/o una fijación de precios prohibida por la Ley de Defensa de la Competencia (LDC).

Entre el 9 y el 11 de diciembre, la CNMC inspeccionó las sedes de varias entidades del sector. Se trata de un paso preliminar en la investigación y no prejuzga el resultado final ni la culpabilidad de las empresas. Si como resultado de las investigaciones se encontrasen indicios de prácticas prohibidas, se incoará un expediente sancionador.

La entidad recuerda que los acuerdos entre competidores constituyen una infracción muy grave de la normativa de competencia, que puede conllevar multas de hasta el 10% del volumen de negocio total de las empresas sancionadas. No obstante, la CNMC cuenta con el Programa de Clemencia, que permite a las empresas y asociaciones que forman parte de un cártel beneficiarse de la exención del pago de la multa, siempre y cuando aporten pruebas que ayuden a detectarlo. También permite a las empresas que aporten información con un valor añadido significativo, una vez iniciada la investigación, beneficiarse de una reducción de la multa.

Las empresas solicitantes de clemencia quedan excluidas de la prohibición de contratar con el sector público, establecida en el artículo 71 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) para los sancionados por infracción grave en materia de falseamiento de la competencia (artículo 72.5 LCSP).