ASETRA recuerda la obligatoriedad de la formación en Prevención de Riesgos Laborales

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Ante la campaña de inspecciones puesta en marcha por parte del Ministerio de Trabajo para comprobar su realización, ASETRA recuerda la obligatoriedad de la formación en Prevención de Riesgos Laborales para los talleres.

En este sentido, la asociación recuerda que el empresario debe proporcionar a cada persona trabajadora, una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia de prevención de riesgos laborales, adaptada a la evolución de los mismos y a la aparición de otros nuevos.

La formación mínima obligatoria en materia de prevención de riesgos laborales se clasifica en los siguientes tipos de acciones: Directivos (6 horas); personal de oficina (6 horas); trabajadores del Área de Producción y/o Mantenimiento —mecánicos, chapistas, pintores, lavado— (20 horas); y trabajadores con funciones preventivas (50 horas).

Asimismo, se establece una formación de reciclaje de cuatro horas de duración cada cuatro años a contar desde la fecha de finalización de la formación o cuando la persona trabajadora haya estado alejada del sector al menos durante un año de manera continuada. En este último supuesto la formación se impartirá con carácter previo a su incorporación.

“La formación realizada se acreditará mediante una Tarjeta Profesional del Sector del Metal expedida por la Fundación del Metal para la Formación (FMF) en la que se recogerá la información recibida por el titular. El procedimiento para la obtención de dicha tarjeta aún no ha sido puesto en marcha. En el momento en que se cree, se lo comunicaremos”, señalan desde ASETRA.

Asetra es una entidad homologada por FMF para impartir dicha formación a través de su federación estatal Conepa.